Honrar a un padre. Artículo de Eduardo Velo García en los periódicos ‘Viva Jerez’ y ‘Jerez Información’

Salomón, el hombre sabio, exhortaba a los hijos a respetar a sus padres. Aunque en la actualidad ya no estemos directamente bajo su autoridad, no podemos ignorar el mandamiento que aprendimos de pequeño de honrar a nuestros padres.  Obviamente, se nos ordena honrar a nuestros padres, pero ¿cómo? Honrarlos tanto con nuestras acciones como con nuestras actitudes. Honrar sus deseos no expresados, como los hablados. Con el final de la vida de los padres no se llega al final de las obligaciones de los hijos. Todavía queda el honrar a los padres tras la muerte. Tras dar una digna sepultura a los hijos les queda la obligación de mantener el respecto de los difuntos y de venerar su memoria. Esta se realiza tanto con hechos como con palabras. Desde la cultura judía, con esta doble expresión de reverencia al padre difunto, se mantiene y se aumenta el honor de la familia, porque los antepasados suponen un cauce fundamental del honor que alguien recibe al nacer, esto motiva que el respeto a los antepasados fuera tan cuidado en la cultura mediterránea.

El non omnis moriar horaciano es incuestionable. El hombre nunca muere del todo. Perdura en el recuerdo, en sus obras, en los sentimientos de parientes, amigos e instituciones. Hay una continuidad histórica, afectiva y espiritual de unos hombres con otros. Vivos y muertos se enlazan en una cadena ininterrumpida. “No hay una existencia humana, escribió Savigny, absolutamente aislada e independiente... Todo hombre debe valorarse, a la vez, como miembros de una familia, de un pueblo,... y cada época como la continuación y desarrollo de todos los tiempos transcurridos. Ninguna época produce su mundo por sí, sino que lo hace siempre en comunidad indiscutible con todo el pasado”. Dentro de esta conexión indefinida de unos seres con otros, tiene sentido la successio in universum ius y la protección de la memoria defuncti, que es tanto como proteger lo imperecedero de él: recuerdos, afectos, buen nombre, etc. Lo imperecedero del hombre que ha desaparecido del mundo de los vivos, lo que llamamos su “buena memoria”, se perpetúa en herederos, allegados, íntimos o cuerpos sociales a los que perteneció o contribuyó a crear.

Sin duda, la personalidad del difunto se extinguió con la muerte pero los vivos evocan o recuerdan aspectos, expresiones, modos de ser y pensar del fallecido. Eso es la memoria, que sólo pervive en los vivos (parientes, conocidos, amigos), no en el difunto. “Aunque la muerte del sujeto de derecho extingue los derechos de la personalidad, la memoria de aquél constituye una prolongación de esta última que debe también ser tutelada por el Derecho” (Exposición de Motivos de la LO 1/1982, de 5 de mayo). De este texto portical se deduce que la memoria defuncti es algo vivo, pues, dada por supuesta la extinción de la personalidad por efecto de la muerte, algo de ésta se prolonga o supervive. La imagen de las personas fallecidas, sobre todo si son famosas, puede ser distorsionada o tergiversada. En estos días propicios para el recuerdo y la honra a nuestros antepasados, en especial a los más cercanos, los hijos de José María Pemán anuncian, algo que ya se esperaba, la demanda de una querella criminal para restituir el honor de su padre, un gesto completamente legítimo que también los honra a ellos, porque viene a cumplir con ese mandamiento filial. Ahora será la justicia la que cumpla con su cometido. Los hijos de Pemán ya lo han hecho.




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